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martes, 3 de junio de 2014

ABDICACIONES REALES


UNA TRADICIÓN EN LA HISTORIA DE ESPAÑA
DESDE 1556
 
 

El 2 de junio de 2014, a las 10:30 de la mañana, se anunciaba oficialmente y mediante una alocución del Presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, y desde La Moncloa, que el rey Juan-Carlos I hacía pública su decisión de abdicar la corona en su hijo y heredero el Príncipe de Asturias, Don Felipe de Borbón y Grecia, de 46 años de edad. El monarca, de 76 años, renunciaba "por motivos de salud" -entre otros- y para dar paso a un cambio generacional al frente de la más alta institución del Estado, en un momento en que, sea dicho de paso y que no escapa a nadie, la monarquía española registra su más baja cota de popularidad.

En cualquier caso y aparte del 'falso' efecto sorpresa, que ya se andaba planeando en La Zarzuela desde enero, pero que se retrasó (?) para no perjudicar al partido en el poder de cara a las elecciones europeas del 25 de mayo, la 'inesperada' abdicación del Rey no es una novedad en la cronología de sus predecesores en el trono. Sí lo es para una Constitución como la actual (1978), en la que ningún artículo contempla semejante decisión por parte del Jefe del Estado ni regula su situación posterior a la renuncia formal.



El primer monarca castellano que abdicó la corona de los reinos hispánicos en su hijo, fue el segundo representante de la dinastía de Austria: Carlos I (1500-1558), también Emperador Romano Germánico con el ordinal de Carlos V. Su primera renuncia en su hijo y heredero Felipe II, fue el 24 de julio de 1554, fecha en la que le cedió la corona de Nápoles. El 25 de octubre de 1555, también renunciaba al título de Duque de Borgoña. Finalmente, el 16 de enero de 1556, abdicaba en Felipe II la Corona de las Españas, de las Indias, de Sicilia y de Cerdeña. Dicen que, al poco de su abdicación, se arrepintió. Su último acto de renuncia fue el 24 de febrero de 1558, cuando abandonaba la corona imperial en favor de su hermano el Archiduque Fernando. Fallecía finalmente el 21 de septiembre del mismo año, en su retiro de Yuste.

Después de Carlos I, ningún monarca de la Casa de Austria abdica. En el caso del rey Felipe IV, biznieto del rey-emperador y quinto representante de la dinastía, se registra el año de 1640 como el "Annus Horribilis" de la monarquía castellana; Portugal se independiza al tiempo que otros reinos ligados a la persona de Felipe IV se alzan en armas contra el autoritarismo del valido Conde-Duque de Olivares y su política recaudatoria. Los Países-Bajos, Cataluña, Aragón y Andalucía se sublevan contra el centralismo castellano. A punto estuvo entonces de producirse la desintegración de la Monarquía Hispánica y su confederación de reinos. El mismo año, Cataluña rompía con Madrid y ofrecía la corona de Conde de Barcelona al rey Luis XIII de Francia.



Al alba del siglo XVIII, y con la implantación de la nueva dinastía en Madrid con el rey Felipe V (1683-1746), el reino de las Españas verá cómo el primer Borbón abdica en su primogénito Luis I, después de apenas 24 años de reinado (10 de enero de 1724). Pero el reinado del joven e inexperto rey Luis I no rebasa los 229 días, y dada la juventud del Infante Fernando, Felipe V vuelve a asumir la corona no sin varios intentos de volver a renunciar; intentos que fueron cortados de raíz por su segunda consorte Isabel de Parma.

Tras la muerte sin herederos del rey Fernando VI, se opera el polémico traspaso de la corona a su medio-hermano Carlos III -entonces rey de Nápoles y de Sicilia con el ordinal de Carlos VII-, en detrimento del Infante Felipe, Duque de Parma, en 1759.



Será con el rey Carlos IV (1748-1819), quinto representante de la dinastía Borbón, cuando se produce la tercera abdicación. Ésta sería fruto del motín de Aranjuez en 1808. La fuerte impopularidad del valido de los reyes, avivada por los partidarios del entonces Príncipe de Asturias (fernandistas), obligarán a Carlos IV a renunciar en favor de su hijo Fernando VII el 19 de marzo de 1808, tras la detención de su "querido" Manuel de Godoy.

En el curso de la famosa ''Entrevista de Bayona'', en la que Carlos IV, Maria-Luisa y Fernando VII se encuentran con Napoleón I, el emperador de los Franceses obligará a Fernando a abdicar la corona y devolverla a su padre el 6 de mayo, desconociendo que Carlos IV ya había pactado de antemano con el emperador la cesión de sus derechos dinásticos. Fruto de esa repulsiva tragicomedia de renuncias que dice poco a favor de padre e hijo, la corona cayó en manos de Napoleón y éste la otorgó a su hermano José Bonaparte.



Los ex reyes fueron retenidos en Francia hasta la caída de Napoleón. En diciembre de 1813, regresaba como rey de España Fernando VII (1784-1833) a Madrid, mientras que sus padres se retiraban a Roma. El conocido como "Rey Felón" fue, sin embargo, destituido por el Consejo de Regencia en 1823 y repuesto a la fuerza en el trono por las tropas francesas de Luis XVIII, que acudieron a socorrerle.



La quinta abdicación sería protagonizada por la hija de Fernando, Isabel II (1830-1904), aunque con retraso. Expulsada de España por la Revolución de 1868, y exiliada en París, Isabel II no renunció a la corona hasta el 25 de junio de 1870, en favor de su joven hijo el futuro Alfonso XII, preparándose entre bambalinas la restauración de los Borbones gracias a un golpe militar.



La sexta abdicación corresponde al rey electo Amadeo I de Saboya (1845-1890), que en 1870 aceptó ceñir la corona española, ofrecida por el general Prim. La caótica situación política del país, llevaría a Amadeo a renunciar el 11 de febrero de 1873, proclamándose automáticamente la Iª República.



El caso del rey Alfonso XIII (1886-1941), cuyo reinado se interrumpió abruptamente el 14 de abril de 1931, con la proclamación de la IIª República, es un caso de renuncia que no de abdicación. Considerándose heredero y transmisor de los derechos dinásticos de sus antecesores, y que no podía disponer de ellos a su antojo, Alfonso XIII no quiso abdicar jamás de sus prerrogativas reales; solo optó por exiliarse, muriendo 10 años después en Roma, tras perder todas las esperanzas de regresar a España de la mano del General Franco.



En pretendiente al trono de España se convirtió el tercer hijo varón de Alfonso XIII, el Infante Don Juan (1913-1993), en 1941 y usando el título real de Conde de Barcelona. Pero las circunstancias nunca fueron propicias para que él se convirtiera en el restaurador de la monarquía en España. Su hijo Juan-Carlos I, confiado desde niño al dictador Franco, se convirtió en el nuevo rey en noviembre de 1975, pasando por encima de sus derechos legítimos y, ante los hechos consumados, Don Juan no tuvo más remedio que renunciar en favor de éste el 14 de mayo de 1977.

lunes, 12 de agosto de 2013

ACTUALIDAD: España reconoce el derecho a la autodeterminación

¿Por qué es legal el derecho de autodeterminación en España?
 
 



Primero debo decir que no es un tema que me preocupe mucho. La legalidad está vinculada a cumplir las leyes y estas no tienen por qué ser ni justas ni democráticas (los que todavía vivimos unos años en la época de Franco lo tenemos claro). Yo mismo he practicado la "desobediencia civil", en aquellos años en que existía una cosa que se llamaba mili, no cumpliendo y enfrentándome a posibles penas de cárcel por no acatar una ley claramente injusta.

Por tanto, priorizo la justicia y la democracia a la legalidad. Las leyes tienen que adaptarse a esos principios y no al revés. La democracia no es lo que las leyes digan.

Como segundo paso previo decir que no soy jurista. La mía es una interpretación de alguien que lee textos legales dado que me ha tocado hacerlo habitualmente a lo largo de mi vida, pero que no tengo una formación eminentemente jurídica. Dado que es evidente que hay otras personas que hacen una interpretación totalmente contraria (en estos momentos, aquellos que no quieren permitir que las personas de Catalunya podamos decidir nuestro futuro), creo que es necesario mostrar que en temas de "legalidad" nadie tiene la verdad absoluta, que es una cuestión de interpretación y que a menudo las leyes se contradicen.

Vamos al asunto.

Mi argumento principal, para defender que el derecho de autodeterminación es legal en España, se basa en que el artículo 10 de la Constitución Española reconoce que en cuanto a "los derechos fundamentales y a las libertades … se interpretarán de conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos y los tratados y acuerdos internacionales sobre las mismas materias ratificados por España"

Además, el artículo 96 dice que "Los Tratados internacionales válidamente celebrados, una vez publicados oficialmente en España, formarán parte del ordenamiento interno".

Estos dos artículos vienen a decir que, los tratados internacionales que firma España no son "brindis al sol", son ley y además son la forma de interpretar los "derechos fundamentales y libertades". No es moco de pavo. Es la base de nuestro estado de derecho. Y que sea así no es casual. Cabe recordar que la Constitución se redactó y se aprobó saliendo de 40 años de dictadura con un aislamiento internacional importante. La Comunidad Internacional quería cerciorarse que lo que firmara España no era papel mojado.


Por tanto, los tratados internacionales aprobados y ratificados por España no son solo ley, sino que es la forma en que debemos interpretar nuestros derechos fundamentales y libertades.
Pues bien, entre estos tratados, España ha aprobado y ratificado el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (Publicado en el BOE y válido desde el 30 de abril de 1977, muerto Franco y con la Constitución todavía por aprobar).

El artículo 1 del citado pacto dice textualmente: "Todos los pueblos tienen el derecho de libre determinación. En virtud de este derecho establecen libremente su condición política y proveen asimismo a su desarrollo económico, social y cultural."

Habrá quien quiera negar la evidencia, pero con estos redactados está claro que, si se quiere, la propia legislación española reconoce el derecho a cualquier pueblo (incluido el catalán) a la libre determinación … y a establecer libremente su condición política …

Un pirata como yo, firme defensor de la democracia directa, a menudo se pregunta ¿se pueden llamar demócratas a aquellos que solo buscan excusas para impedir que el pueblo puede expresar su voluntad libremente?


Artículo de Santi Casas.


domingo, 28 de julio de 2013

CURIOSIDADES -101-

"Papel mojado..."



En tal día como hoy, el 28 de julio de 1977, hace ya 36 años, los representantes de España suscribieron y firmaron el Artículo 1º de la ONU: "Todos los pueblos tienen el derecho de libre determinación."

El Estado Español lleva 36 años violando este Art. 1º. de las Naciones Unidas entre otros muchos.